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Altabrisa, codicia y ambición de políticos corruptos: ¡alto al cartel inmobiliario!

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*Documentos en poder de Diario Libertad de Yucatán demuestra que el propio Ayuntamiento reconoce como área verde la zona destinado para un parque de Altabrisa, y las áreas verdes son inalienables e imprescriptible

*Resolución de la Secretaría de Ecología: Las áreas verdes deberán realizarse al finalizar la obra por etapas y por ningún motivo deberán darse otro uso a las superficies destinadas al establecimiento de dichas áreas.

  • Es importante aclarar que el área verde es independiente del área de donación y deberá darse a cabo el mantenimiento de dichas zonas. En las áreas de donación y/o verdes, así como áreas sin uso de la obra, se mantendrá la vegetación y suelo existentes.
  • El actual GOBERNADOR DEL ESTADO, Mauricio Vila Dosal, estando en campaña prometió en su momento apoyarían en caso de ocupar los cargo públicos para la dotación del tan anhelado PARQUE ALTABRISA. ¿qué le habrá hecho cambiar de opinión?

Por José González Cámara

Con documentos en poder de Diario Libertad de Yucatán demuestra que el propio Ayuntamiento reconoce como área verde la zona destinado para un parque de Altabrisa, y las áreas verdes son inalienables e imprescriptible.

la Secretaría de Ecología del Gobierno del Estado de Yucaán, emitió la resolución sobre la manifestación de impacto ambiental desde el 2005 que dice en parte:

Las áreas verdes deberán realizarse al finalizar la obra por etapas y por ningún motivo deberán darse otro uso a las superficies destinadas al establecimiento de dichas áreas. Es importante aclarar que el área verde es independiente del área de donación y deberá darse a cabo el mantenimiento de dichas zonas. En las áreas de donación y/o verdes, así como áreas sin uso de la obra, se mantendrá la vegetación y suelo existentes

El actual GOBERNADOR DEL ESTADO, Mauricio Vila Dosal estando en campaña prometió en su momento apoyarían en caso de ocupar los cargo públicos para la dotación del tan anhelado PARQUE ALTABRISA. ¿qué les hizo dar marcha atrás?

Tomando en consideración que esta porción de tierra ha sido con el paso del tiempo factor codicia y ambición por parte de algunos políticos y servidores públicos corruptos, que han pretendido en más de una ocasión aprobar la enajenación de la porción de tierra objeto de este ocurso, como se demuestra con las actas de cabildo, es nuestro derecho que se nos procure, respete, proteja, garantice el terreno objeto de este escrito para un área verde,
destina a la creación del “PARQUE ALTABRISA”, demandan los inconformes.

Los vecinos claman: “basta de tanta construcción y corrupción. Alto al cartel inmobiliario. Es importante la existencia de áreas verdes y no sólo de parques inmobiliarios

“Es tiempo que el municipio cumpla con el parque, en el mismo predio que fue destinado de origen. Se deben respetar las áreas verdes que se designaron para beneficio de los habitantes y no utilizar para fines políticos o conveniencia. No estamos de acuerdo con la explotación inmobiliaria a la que está sometida Mérida y Yucatán y estos proyectos son sólo campaña política”, manifestaron enojados los vecinos de Altabrisa.

“No se debe permitir que las autoridades sigan convirtiendo a Mérida en una ciudad de asfalto, perjudicando a los ciudadanos y más que nada a nuestro medio ambiente”, fueron otras de las inconformidades que manifestaron.

Aquí la historia de irregularidades

AYUNTAMIENTO DE MERIDA.
PRESIDENTE MUNICIPAL
LIC. RENÁN ALBERTO BARRERA CONCHA. PRESENTE.
Asunto.- Acción Urbanística de Derecho a la Ciudad, a fin de que se procure, respete, proteja, garantice el ÁREA VERDE ubicada en el número 460 de la calle 19 del Fraccionamiento Altabrisa con folio catastral: 339541 y número catastral 26-0592 a la creación del “PARQUE ALTABRISA”.
RUBEN ARMANDO PRESUEL POLANCO, HIDALGO ARMANDO VICTORIA
MALDONADO, ROCIO VIVEROS BARAJAS, conjunta e indistintamente en nuestro carácter de Representantes Legales de la persona moral “INICIATIVA CIUDADANA DE VECINOS DE ALTABRISA”, ASOCIACION CIVIL. personalidad que solicitamos se nos tenga por reconocida, mediante el instrumento notarial que se agrega al presente y en representación del derecho de los menores que habitan las diversas privadas del Fraccionamiento Altabrisa; señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones que a este asunto se refieran en calle 18 B , número 226, por 11 y 13 , sección Quinta Real, Fraccionamiento Altabrisa, de esta ciudad de Mérida, Yucatán, código postal 97130, para tramitar y recoger cualquier tipo de información y documentación, así como teléfono de contacto 9999472177 y en el correo electrónico hidalgovictoria@hotmail.com, y con fundamento en los artículos 1, 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 86 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y:
Leqislación aplicable en ámbito Federal:
• Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
• Ley General para el equilibrio ecológico y protección al medio ambiente
• Ley General para el cambio climático. Leqislación aplicable en el ámbito Estatal:
• Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán.
Leqislación aplicable en el ámbito Municipal:
• Reglamento de Construcciones del Municipio de Mérida
• Reglamento de Protección al Ambiente y Equilibrio Ecológico del Municipio de Mérida
• Reglamento para la Protección y Conservación del Arbolado Urbano del Municipio de Mérida.
• Reglamento para la Protección de la Fauna en el Municipio de Mérida.
• Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Mérida.
Por medio del presente escrito, exponemos a usted los siguientes:
HECHOS
1.- Con fecha 7 de septiembre de 2005, la Secretaría de Ecología del Gobierno del Estado de Yucatán, emitió la resolución sobre la manifestación de impacto ambiental que realizó la COMISIÓN ORDENADORA DEL USO DEL SUELO DEL ESTADO DE YUCATAN, para la construcción del Fraccionamiento denominado “ALTABRISA”, al amparo del expediente número 32/2005, señalando en los puntos 14, 28 y 29 que LA SUPERFICIE TOTAL PARA EL
ESTABLECIMIENTO DE AREAS VERDES DISTRIBUIDAS EN 3 ETAPAS CONSTRUCTIVAS, sería
DE AL MENOS 21.8 HA. (el 13.4% de la superficie total que compren
FRACCIONAMIENTO ALTABRISA ), para pronta referencia se plasma las
automotores y maquinaria utilizada para la construcción del fraccionamiento, 14.f,Las áreas verdes, deberán realizarse al finalizar la obra por etapas y por ningún motivo deberán darse otro uso a las superficies destinadas al establecimiento de dichas áreas.- 5. Es importante aclarar que el área verde es independiente del área de donación y debera darse a cabo el mantenimiento de dichas zonas.- 16.- En las áreas de donación y/o verdes, así como áreas sin uso de la obra, se mantendrá la vegetación y suelo existentes.- 17.- Para mitigar la dependencia copia de dicha autorización k9 la superficie total para el establecimiento de áreas verdes distribuidas en 3 etapas constructivas, deberá ser de al menos 21 A ha (el 134% de la superficie total que comprende 162-16-398 únicamente especies nativas.(segúi} el manifiesto de impacto presentarse de forma anual un programa de reforestación en el que se documentem h’. aspectos técnicos y los métodos que serán empleados para proceso de reforestación, la lista de especies nativas y de ímportancia ecológica que serán sembradas, un cronograma que incluya todas las actividades a realizar en condiciones climatológicas adecuadas y la descripción detallada de las acciones de mantenifrniento y protección de la plantación. Dicho programa debe contemplar el resguardo de especies que sean rescatadas previamente al desmonte durante cada etapa constructiva, para ernplearse en acciones de reforestación del sitio. Asimismo, debe cumplirse con la entrega ante la Secretaría de Ecología, de los respectivos constructiva, con la finalidad de documentar y constatar el seguimiento del proceso de reforestación mediante acciones de mantenimiento y protección de las plantas, incluyendo un anexo fotográfico.- 30.- Para
2.- Con fecha 30 de marzo de publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de “Altabrisa”, el cual es complemento del Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Mérida 2003.
Como es sabido por esa H. autoridad, este programa fue elaborado con la participación de los dos niveles de gobierno, es decir tanto el Ayuntamiento de Mérida (MUNICIPIO), como el Gobierno del Estado de Yucatán a través de la Comisión Ordenadora del Uso del Suelo del Estado de Yucatán (COUSEY).
En el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de ALTABRISA, la propia autoridad estableció las condiciones de ocupación de predios en donde se plasmó la infraestructura, equipamiento, vialidad, imagen urbana, riesgos y emergencias urbanas, y para pronta referencia a foja 27 del documento en cuestión se determinó en el punto .3.4 DESCRIPCIÓN ESTRATEGICA PARTICULAR, en la que se establece la asignación como Area verde a 8.61 Hectáreas, y para mayor comprensión se transcribe la parte conducente:
3.4 DESCRIPCIÓN ESTRA TÉGICA PARTICULAR
En el área de Altabrisa se propone como destino (fines públicos) el Subcentro Urbano para equipamiento en una superficie de 16.24 Has.; para el uso habitacional de tipo medio con densidad media y alta de 52.36 y 32.75 Has respectivamente; por otra parte, para complementar el Subcentro se considera como: áreas comerciales y de servicios 27.68 Has., y como área comercial 2.71 y por último se considero como Area verde a 8.61 Has.
Concatenado con lo anterior, de igual manera se estableció como parte del Programa Parcial de
Desarrollo Urbano de ALTABRISA, a foja 28, en la parte que nos interesa el punto 3.4.1.3 USOS DEL SUELO PROPUESTOS, en el que se establece las restricciones y normas de uso de suelo para los predios en esa ZONA denominada ALTABRISA, en la cual se establece un USO DE SUELO destinado a AREA VERDE en un 20%, respecto al coeficiente de ocupación del suelo (COS), que para mayor entendimiento se transcribe en la parte que interesa
3.4.1.3 USOS DEL SUELO PROPUESTOS
Vivienda Media de Densidad Media (HMM) — Se destinarán a este uso un total 52.36 Has se consideran viviendas unifamiliares en zona urbana, en donde la densidad será hasta 30 viviendas por Ha.
Las restricciones y normas de uso del suelo para los predios en esta zona serán: la superficie de los predios para este tipo vivienda será de 288 m2, con un frente no menor de 12.00 de ancho, el coeficiente de ocupación del suelo (COS) del 60%, dejando un 20% de área verde sin ningún tipo de recubrimiento.
3.- Con fecha 4 de agosto del año dos mil doce, se llevó a cabo la sesión extraordinaria de Cabildo, en la cual se estableció en la orden del día en asuntos a tratar someter a consideración y aprobación, la propuesta del Presidente Municipal de autorizar la enajenación del predio marcado con el número 460 de la calle 19 del Fraccionamiento Altabrisa.
Del acta en cuestión se resume que el asunto a tratar respecto a la enajenación propuesta por el Presidente Municipal fue bajado el asunto como tema a votación, y para mejor conocimiento del tema, se transcribe en la parte que interesa la participación de la Regidora Lizette Mimenza Herrera, que refirió:
En uso de la palabra la Regidora Lizette Mimenza Herrera comentó al Presidente que, con todo respeto, es la segunda Sesión en la que se bajan puntos del Orden del Día, y no solo en ese caso, sino en el caso anterior y en las Sesiones anteriores, donde se les hace asistir, que no hay ningún inconveniente en asistir, se les hace estudiar temas y a la hora de la hora se baja que porque no está analizado el tema, como en lel caso anterior que lo bajaron porque era una enajenación en la que querían vender un predio. En uso de la palabra el Secretario solicitó a la Regidora Lizette Mimenza Herrera que se centrara en el punto a discusión. Siguiendo con su intervención la Regidora Lizette Mimenza Herrera cuestionó de qué se trata, si es broma, pues es una falta de seriedad poner asuntos en el Orden del Día, cuando de entrada saben que como no les conviene como se va a votar lo bajen, recatando que es una fata de seriedad, y que si están jugando y es una broma que los asuntos se estén bajando, cuestionando si así van a seguir en las ultimas Sesiones, porque no les conviene se bajan,
4.- Con fecha 15 de agosto del año dos mil doce, se llevó a cabo la sesión extraordinaria de Cabildo, en la cual se estableció en la orden del día en asuntos a tratar someter a consideración y aprobación, la propuesta del Presidente Municipal de autorizar la enajenación del predio marcado con el número 460 de la calle19 del Fraccionamiento Altabrisa.
Del acta en cuestión se resume que el asunto a tratar respecto a la enajenación propuesta por el presidente Municipal fue bajado como tema a votación, de acuerdo a lo que para mejor comprensión se transcribe:
Canto García señaló que tiene que haber un contubernio con el Gobierno del Estado, con el Congreso y con todas las instancias para que se pueda violar la ley. Expresó que tres veces subió ese punto en las sesiones, que se acuerde el Alcalde que les presento una a los Regidores que ya se le olvido, que no se la aceptaron, que no se presento en tiempo y forma, es /a tercera vez que les convocan, la cuarta vez ya no se van a presentar. En uso de la palabra la Regidora Lizette Mimenza Herrera señaló que respecto al tema de bajar el punto del orden del día que en un momento más el Secretario lo someterá a votación, se permitirá leer un escrito por si no lo saben bien y también lo va a demostrar en el Cabildo, es necesario, dirigiéndose al Secretario le comentó que está hablando y la están interrumpiendo, e/ asunto que se está discutiendo, dirigiéndose a la Regidora Claudia Medina le comentó que nunca ha hablado y que por favor hiciera silencio. Intemniendo el Secretario dirigiéndose a la Regidora Lizette Mimenza Herrera señaló que ya le había comentado que la discusión no es la sustancia del Acuerdo sino que se baje del orden del día. De igual manera le solicito más respeto para los integrantes del Cabildo. Prosiguiendo la Regidora Lizette Mimenza Herrera mencionó que el asunto que se está discutiendo en este momento es el inciso b) firmado por el Secretario Municipal ¿de qué están hablando? ¿de la enajenación sí o no? lo que se discute es el inciso b) que es el someter a discusión y aprobación, en su caso, del cabildo, la propuesta que hará el Presidente Municipal por el cual el Ayuntamiento de Mérida autoriza la enajenación del predio marcado con el numero 460 de la calle 19 del fraccionamiento Altabrisa, eso es lo que está a discusión en este momento, que el Alcalde haya hecho una propuesta es válida porque lo dice la Ley, pero antes de que se termine de desahogar e/ tema sobre e/ mismo punto. Interviniendo el Secretario dirigiéndose a la Regidora Lizette Mimenza Herrera señaló que como está discutiendo la sustancia del Acuerdo le retiró el uso de la palabra.
5.- Se tiene documentado que en el año 2012, tanto ese H. Cabildo, como el actual gobernador del estado de Yucatán el C. Mauricio Vila Dosal, apoyaron activamente a los colonos del Subcentro Urbano ALTABRISA a fin de evitar el despojo, por parte de intereses políticos y empresarios rapaces, con la promesa de campaña que de llegar a ocupar los cargos públicos, dotarían del tan anhelado pulmón de área verde en el FRACCIONAMIENTO ALTABRISA.
6.- En el mes de junio pasado, representantes y colonos del Subcentro Urbano ALTABRISA fuimos convocados a una junta de trabajo, con el Oficial Mayor de esa H. dependencia Municipal, el Director del Instituto Municipal de Planeación de Efêrida y quien dijo ser Luis Antonio Romahn Diez, quien dirige la organización “Parques de México”. Como parte medular de la junta se nos propuso, que “permutáramos” el PARQUE ALTABRISA, por un espacio de terreno, que se encuentra aledaño al referido PARQUE ALTABRISA. Precisando que el espacio propuesto para permuta cuenta con menos metros cuadrados y se tienen en el mismo vestigios de ruinas arqueológicas, y por lo cual es un área protegida por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

CONSIDERACIONES
De acuerdo a los hechos y antecedentes antes mencionados, en ejercicio de la acción urbanística de derecho a la ciudad, los colonos del Subcentro Urbano ALTABRISA, así como la zona de Montebello, y fraccionamientos colindantes a ALTABRISA, que se benefician de la infraestructura y espacios del Subcentro Urbano ALTABRISA, solicitamos que se procure, respete, proteja, garantice y se tomen las medidas necesarias para el pleno ejercicio de los derechos humanos, relacionados con el ordenamiento que autorizó el Gobierno Estatal de manifestación de impacto ambiental que llevó a cabo los dos niveles de gobierno, Municipal y Estatal, así como las normas federales, y se dote como área verde el predio marcado con el número 460 de la calle 19 del Fraccionamiento Altabrisa, para la creación del denominado “PARQUE ALTABRISA”
Tomando en consideración que esta porción de tierra ha sido con el paso del tiempo factor codicia
y ambición por parte de algunos políticos y servidores públicos corruptos, que han pretendido en
más de una ocasión aprobar la enajenación de la porción de tierra objeto de este ocurso, como se
demuestra con las actas de cabildo que se mencionan en antecedentes, es nuestro derecho que se
nos procure, respete, proteja, garantice el terreno objeto de este escrito para un área verde,
destina a la creación del “PARQUE ALTABRISA”.

Aunado a lo anterior, un gran porcentaje de colonos del Subcentro Urbano ALTABRISA, son menores de edad, y existe el imperativo categórico a los tres niveles de gobierno, tanto Municipal, Estatal y Federal, de proteger, procurar y garantizar, en favor de los habitantes nuestro DERECHO HUMANO A UN AMBIENTE SANO.
Tenemos conocimiento que ese H. Ayuntamiento, siguiendo la misma política de respeto y cuidado al medio ambiente que sigue en el Plan Nacional de Desarrollo por parte del Gobierno Federal; el H. Ayuntamiento está llevando a cabo EL PLAN DE INFRAESTRUCTURA VERDE, por lo que no queremos ser DISCRIMINADOS, en nuestra petición de dotación del PARQUE ALTABRISA, de la cual es sabedor ese H. Cabildo, así como nuestro actual GOBERNADOR DEL ESTADO, recordando que estando en campaña prometieron en su momento apoyarían en caso de ocupar los cargo públicos para la dotación del tan anhelado PARQUE ALTABRISA.
Creemos que las promesas de campaña, se materializan con hechos, y no queda solo en palabras.
Por último, es alegría y gozo comentar que en está pulmón verde denominado PARQUE ALTABRISA, hemos documentados avistamientos de diversas aves protegidas, como el Halcón Peregrino, entre otras, así como el ecosistema endémico del área, siendo ésta uno de los últimos y más pulmones al norte de Mérida.
En razón de lo anterior y por lo antes expuesto solicitamos a usted:

Único. – Que esa H. autoridad procure, respete, proteja, garantice el terreno objeto de este escrito destinado de origen como zona verde para la creación del “PARQUE ALTABRISA” y en su momento se parte del programa de reforestación.

RUBEN ARMANDO PRESUEL POLANCO
Presidente del Consejo Directivo
“INICIATIVA CIUDADANA DE VECINOS DE ALTABRISA”, ASOCIACIÓN CIVIL

HIDALGO ARMANDO VICTORIA MALDONADO
Secretario del Consejo Directivo
“INICIATIVA CIUDADANA DE VECINOS DE ALTABRISA”, ASOCIACIÓN CIVIL

ARIEL EROSA GUTIERREZ
Tesorero
“INICIATIVA CIUDADANA DE VECINOS DE ALTABRISA”, ASOCIACIÓN CIVIL

ROCIO VIVEROS BARAJAS
Tercer Vocal
“INICIATIVA CIUDADANA DE VECINOS DE ALTABRISA”, ASOCIACIÓN CIVIL

Firma de vecinos adherentes:
Se anexan hojas de firmas de vecinos adherentes

Copias:

Regidores y Síndica del H Ayuntamiento de Mérida.
Dirección de Atención Ciudadana.- Presidencia de la República.- Palacio Nacional, edificio 10, planta baja, Centro, Cuauhtémoc, Código Postal 06060, Ciudad de México. Para su conocimiento y efectos. Lic. Mauricio Vila Dosal.- Gobernador del Estado.- Despacho del Gobernador.- Palacio de Gobierno Calle 61 x 60 y 62, Centro, C.P. 97000, Mérida, Yucatán.- Para su conocimiento y efectos
Unidad de Contraloría Municipal.- Calle 50 número 471 entre 51 y 53, Colonia Centro, Mérida, Yucatán.- Para su conocimiento y efectos.
Secretaria de Desarrollo Sustentable.- C. 64 437, Parque Santa Lucia, Centro, 97000 Mérida, Yuc.Para conocimiento y efectos.
Secretaría: la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU).- Calle 52 427A, Centro, 97000 Mérida, Yuc.- Para su conocimiento V efectos.
Comisión Nacional de los Derechos,Humanos.- C. 60 283, Yucatán, 97050 Mérida, Yuc.
Comisión Nacional de los Derechos Humanos del Estado de Yucatán.- Calle 27 72, Col. México, México Oriente, 97125 Mérida, Yuc. https://cnnespanol.cnn.com/contactanos/. https://es-la.faceboq.com/FRANCE24.Espanol/
Diario de Yucatán.- Area de Redacción Denuncia Ciudadana.- C. 62 518, Centro, 97000 Mérida, Yuc.
Mérida Yuc, 15 de julio de 2022.

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